P2016105 - Demanda de Desahucio por Falta de Pago, con derecho a enervar y sin condonación.

Modelo de demanda utilizada en caso real de Desahucio por Falta de Pago, con las siguientes particularidades:

  • Posibilidad de Enervar la Acción de Desahucio.
  • Documento en venta.

 

 

 

 

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE (….)

 

 

DON FERNANDO ANAYA GARCÍA, Procurador de los Tribunales y de DON (….), mayor de edad, con D.N.I. nº (….) y con domicilio en Madrid, Calle (….), representación que acredito con la Escritura de Poder General para Pleitos que se acompaña como Documento nº 1, asistido por el Letrado de Madrid, Don José Valero Alarcón, Colegiado 59.794, con despacho profesional en Madrid, Calle Embajadores 206, Duplicado 1º B y Telf. 91.530.96.98, ante el Juzgado comparezco y, como más procedente en Derecho sea, DIGO:

 

           Que en la antedicha representación, por medio del presente escrito formulo DEMANDA DE JUICIO DECLARATIVO VERBAL, ACUMULANDO ACCION DE DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO, RECLAMACION DE RENTAS y CANTIDADES DEBIDAS, frente a DON (….) y DOÑA (….), mayores de edad, con D.N.I. números (….) y (….), respectivamente y domicilio común en la vivienda arrendada sita en Alcorcón, Calle (….).

 

           Se une como Documento nº 2, copia de sus D.N.I.

 

Se articula la presente petición en los siguientes

 

 HECHOS

 

PRIMERO.- DON RAÚL (….) es propietario de la vivienda arrendada sita en, Alcorcón, Calle (….).

 

           Es acreditado este hecho con fotocopia de la Nota Simple expedida por el Registro de la Propiedad nº (….) de Alcorcón, que se incorpora a la presente demanda como Documento nº3.

 

SEGUNDO.- El día (….), se concertó, con los ahora demandados, contrato de arrendamiento de la vivienda descrita, con el mobiliario y enseres que figuran en su Anexo.

 

 La renta anual quedó fijada en la suma de (….) MIL ((….)€/Año), pagadera por mensualidades anticipadas de (….) EUROS ((….) €/mes), dentro de los cinco primeros días de cada mes, así quedó expresamente establecido en la Tercera de las condiciones del contrato que aportamos como Documento nº 4.

 

Los arrendatarios, a tenor de la condición Séptima, también asumieron el pago de todos los gastos que se derivaren por suministros.

 

Las obligaciones fueron asumidas con carácter solidario, pacto plasmado a la Duodécima de las estipulaciones.

 

TERCERO.- A día de hoy los inquilinos, adeudan por rentas y suministros impagados un total de (….) EUROS ((….)€), cantidad que se desglosa conforme al siguiente detalle:

 

Fecha

Concepto

Importe

_/08/2015

Devengo de Renta de Agosto

(….)

_/07/2015

Pago parcial renta de Agosto en efectivo firma contrato

(….)

_/08/2015

Pago parcial renta de Agosto Ingreso en cuenta

(….)

_/09/2015

Devengo de Renta de Septiembre

(….)

_/09/2015

Consumo de Gas

(….)

_/09/2015

Consumo de Agua Prorrateado

(….)

_/09/2015

Pago renta de mensualidad de Septiembre

(….)

_/09/2015

Consumo Electricidad

(….)

_/10/2015

Devengo de Renta de Octubre

(….)

_/10/2015

Consumo Electricidad

(….)

_/11/2015

Devengo de Renta de Noviembre

(….)

 

TOTAL ADEUDADO A 6 DE NOVIEMBRE DE 2015

(….)

 

 

Se unen como Documentos números 5 a 8, facturas por suministros impagadas, de las que ha de responder mi representado y, al Documento nº 9, hoja de cálculo con detalle del prorrateo de las dos primeras efectuado por la propiedad, junto con el desglose de la deuda.

 

A los Documentos números 10 y 11 son aportados los justificantes de los dos únicos ingresos de renta efectuados por banco.

 

CUARTO.-  Que el propietario ha solicitado el pago en diversas ocasiones y por diferentes medios, pero sin que de ninguno de los requerimientos haya quedado constancia fehaciente, por lo que los demandados tiene derecho a enervar la presente acción, en caso de abonar todo lo debido al momento de efectuar el pago enervador.

 

           Debemos expresar que los inquilinos no han depositado a día de hoy la fianza legal de una mensualidad por importe de (….) EUROS, habiéndose concedido de plazo hasta el 31 de diciembre de 2015, por lo que si se pretendieran enervar la acción pasado dicha fecha, deberán para ello adicionar a las sumas debidas la expresada cantidad. Así quedó reflejado en la Quinta de las condiciones del contrato.

 

QUINTO.- Que los inquilinos no han designado tras la firma del contrato un domicilio diferente al de la vivienda alquilada, que viene constituyendo su domicilio habitual.

 

           A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

 

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

 

I. Competencia territorial. A tenor de lo dispuesto en el apartado 7º del artículo 52 de la L.E.C., debe conocer de la presente demanda el Juzgado de Primera Instancia de Alcorcón que por reparto corresponda, al radicar la finca en este partido judicial.

 

IICapacidad procesal. Son capaces ambas partes, de conformidad con lo prevenido en los artículos 6.1.1º y 7.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

  

 

Acceso al Texto Íntegro del Documento mostrado:

 

  • Gratuito para los Abogados Colaboradores, pulsando en C2016105
 
  •  Descarga previo Pago de 100 euros (I.V.A. Incluido)     
 

 

Modelo de demanda (P2016105) utilizado en caso real de Desahucio por Falta de Pago, con las siguientes particularidades:

  • Posibilidad de Enervar la Acción de Desahucio.
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