Desalojo de vivienda okupada en menos de un mes a través de medida cautelar solicitada en vía penal 

José Valero Alarcón - Telf. 619.41.23.11


Abogado de Desahucios en Madrid
Abogado de Desahucios en Madrid

Inauguramos el año 2021 mostrando un caso real en el que se consiguió expulsar a unos Okupas de una vivienda en Madrid en menos de un mes desde que planteamos la solicitud al Juzgado de Instrucción que conocía de la denuncia presentada por el propietario del inmueble.

 

No es el primer caso que os mostramos de recuperación de una casa ocupada en menos de un mes, si bien es el primer asunto resuelto en tan corto plazo por un Juzgado de Instrucción de Madrid.

 

A finales de noviembre de 2020 acudió a nuestro despacho el propietario de un inmueble que había sido ocupado por varias personas de origen magrebí, con las que previamente había intentado negociar para que saliesen de su propiedad, sin conseguirlo al exigirle una elevada suma de dinero.

 

Analizada la situación, atendiendo especialmente a que ya había iniciado un proceso penal a raíz de la denuncia interpuesta por el propietario y al casi seguro apoyo de la Fiscalía tras haberse dictado la Instrucción nº 1/2020, de 15 de septiembre, sobre criterios de actuación de Ministerio Público en estos supuestos, decidimos interponer Escrito solicitando la Medida Cautelar de Desalojo Inmediato, que dejamos presentado el día 2 de diciembre de 2020.

 

En una semana se nos tuvo por personados, dando traslado al Ministerio Fiscal de nuestra petición, posicionándose, mediante escrito presentado el 16 de diciembre, a favor de la Medida de Desalojo Inmediato interesada.

 

Dos días después de presentarse el informe del Fiscal, el Juzgado citó al investigado para la práctica de diligencias el día 29 de diciembre.

 

Tras serle tomada declaración al Okupa, fue dictado de inmediato Auto, que se le notificó en el acto mediante el que le concedía un día para el desalojo del inmueble, dirigiendo oficio a la Policía Nacional para que a las 15:00 horas del siguiente día 30 de diciembre de 2020 acudieran a la vivienda por si fuera precisa su intervención en el lanzamiento de los okupas.

 

Cuatro agentes de la policía nacional se personaron en el inmueble, comprobando que los okupas habían dejado la vivienda, recobrando la posesión el propietario y procediendo de inmediato a adoptar las medidas oportunas para impedir una nueva ocupación.

 

No es cierto como se está escuchando en prensa que no se puedan recuperar los inmuebles ocupados, pues la medida de suspensión de los desahucios no es aplicable, entre otros supuestos, a los casos en los que se comete un delito.

 

Os mostramos la siguiente documentación:

 

1.- Escrito solicitando la Medida Cautelar de Desalojo Inmediato.

2.- Resolución teniéndonos por personados y trasladando la solicitud al Ministerio Fiscal.

3.- Escrito del Ministerio Fiscal apoyando la procedencia del la Medida Cautelar de Desalojo Inmediato.

4.- Citación al Okupa para la práctica de diligencias.

5.- Auto que acuerda el Inmediato Lanzamiento de los Okupas de la Vivienda.

 

Como podéis comprobar en la actualidad se cuentan con medidas efectivas para obtener una rápida recuperación de una vivienda que ha sido usurpada.

 

Espero os resulte interesante.



medida-cautelar-desalojo

1.- Solicitud de Medida Cautelar de Desalojo de los Okupas de una Vivienda.


2.- Admisión a trámite de la Medida Cautelar de Desalojo y traslado al Ministerio Fiscal para que se pronuncie sobre la solicitud.


3.- Escrito del Ministerio Fiscal estimando procedente la Medida Cautelar de Desalojo Inmediato de los Okupas.


4.- Citación al Okupa para practica de diligencias.


5.- Auto que acuerda la Medida Cautelar de Desalojo Inmediato, concediendo a los Okupas un día para abandonar la vivienda.


Abogado de Desahucios por Impago de Rentas en Madrid
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