En el asunto que os muestro se presentó, contra mi clienta, demanda de desahucio por falta de pago de una vivienda en Suances, en la que quien ocupa el inmueble es persona distinta de la arrendataria (titular del contrato) que se niega a pagar y a desalojar el inmueble.
Nos allanamos para agilizar el asunto poniendo de manifiesto la existencia del bicho.
Es un supuesto que se produce con cierta frecuencia, cuando la parte arrendataria decide dar por finalizado el contrato, pero se encuentra que alguna de las personas que conviven en el inmueble se niegan a abandonarlo, provocando que no se pueda dar por terminado el contrato, pues para ello es preciso que se reintegre la posesión del bien a su legítimo titular.
Instar un desahucio por impago, es posiblemente la vía más efectiva para echar a estas personas que carecen de título y que accedieron al inmueble con el consentimiento del arrendatario, quien obviamente no ha de plantear objeción alguna al proceso de desahucio, pues mientras se siga ocupando el inmueble, será responsable del pago de las rentas y de la adecuada conservación del bien.
No es por tanto ilógico que en estos casos sea el propio arrendatario el que incite al arrendador a que inste lo antes posible el desahucio por impago.
Espero sea de vuestro interés.