Juicio de Desahucio por Impago de Rentas de una Vivienda finalizado mediante pago ejercitando el derecho de enervación.

 

José Valero Alarcón - Telf. 619.41.23.11


Abogados de Desahucios en Madrid
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Os facilito un juicio de desahucio por impago de rentas en el que la parte arrendataria abona en el plazo de 10 días que le es concedido en el Decreto de admisión a trámite de la demanda, provocando con ello que finalice el proceso, pudiendo continuar en el inmueble. Le fueron impuestas las costas. 

 

El derecho a enervar únicamente se puede ejercitar una vez; inclusive puede ser imposibilitado su ejercicio si se requiere fehacientemente  (ver requerimientos) al arrendatario con un mes de antelación a la interposición de la demanda para que pague lo adeudado y no lo hace.


 

En el presente asunto se ha conseguido recuperar en dos meses las cantidades adeudadas en concepto de rentas  desde que se dejó presentada la demanda.

 

Como particularidades del asunto, la parte arrendataria tenía derecho a enervar la acción de desahucio, puesto que la arrendadora no le requirió de forma fehaciente antes de la interposición de la demanda. La inquilina efectuó el pago de las rentas debidas en el plazo concedido, poniendo fin al procedimiento sin tener que ejecutar el desahucio.

 

Unimos los siguientes documentos:

 

1.- Primera hoja sellada de la demanda de desahucio. Si queréis acceder a demandas de desahucio por impago de rentas íntegras, pulsad aquí.

 

2.- Decreto de Admisión a trámite de la demanda.

 

3.- Escrito de la arrendadora al Juzgado reconociendo el Pago Enervador.

 

4.- Decreto teniendo por Enervada la acción de Desahucio.



1.- Primera hoja sellada de la demanda de desahucio. 


2.- Decreto de Admisión a trámite de la demanda. 


3.- Escrito de la arrendadora al Juzgado reconociendo el Pago Enervador.


4.- Decreto teniendo por Enervada la acción de Desahucio.


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